El impuesto al patrimonio es ahora permanente en Colombia. Este artículo detalla quiénes están obligados a declarar en 2025, cómo se calcula la base, las tarifas vigentes y los plazos, con foco en cumplimiento técnico y prevención de sanciones.

Tras la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022), el impuesto al patrimonio pasó de ser temporal a permanente. En 2025 aplica a personas naturales, sucesiones y algunas entidades con patrimonio líquido ??72.000?UVT. Se debe dominar el cálculo, las exclusiones, tarifas, formularios y fechas para garantizar el cumplimiento y minimizar riesgos.
Sujetos pasivos
Según el artículo 292?3 del Estatuto Tributario, están obligados:
- Personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes.
- Extranjeros con bienes en Colombia.
- Sociedades extranjeras con activos físicos en territorio, no declarantes de renta
Hecho generador y base gravable
- El impuesto se causa por la posesión de patrimonio líquido al 1 de enero de cada año, igual o superior a 72.000 UVT para 2025.
La base se obtiene:
Patrimonio bruto ? pasivos ? exclusiones (12.000 UVT para vivienda principal)
?Tarifas y temporalidad
- Entre 72.001 y 122.000 UVT ? 0,5?%
- 122.001 ? 239.000 UVT ? 1?% + 250?UVT
- Más de 239.000 UVT ? 1,5?% + 1.420?UVT
- Estas tarifas aplican en 2025?2026; a partir de 2027 se reduce la tarifa máxima a 1?%
?? Plazos de declaración y pago
- La declaración (formulario 420) y pago primera cuota se realizan entre el 12 y 23 de mayo de 2025, según el último dígito del NIT; segunda cuota antes del 12 de septiembre de 2025
? Sanciones
- No declarar puede llevar a emplazamiento y liquidación de oficio.
- Omisión tras emplazamiento = sanción del 160?% del impuesto
? Implicaciones contables y riesgos operativos
- Complejidad en el cálculo: depuración de activos/pasivos y exclusiones permite errores que afectan la base.
- Tarifas escalonadas: mal aplicación puede costar miles de UVT.
- Fechas específicas: incumplimiento con los plazos del NIT genera sanciones y mora.
- Sanciones elevadas: la multa del 160?% puede significar pérdidas graves para los clientes.
Buenas prácticas
1??Inventario patrimonial anual: conciliar activos y pasivos al 1 de enero.
2??Aplicar exclusiones legales, especialmente la vivienda hasta 12.000 UVT.
3??Uso de herramientas y liquidador (p. ej., Excel DIAN/Actualícese).
4??Simulación previa del impuesto y de cuotas a pagar.
5??Atender al calendario según dígito del NIT.
6??Declarar y pagar en forma oportuna, utilizar el formulario 420.
7??Mantener evidencia (pantallazos, PDF, soportes bancarios).
8??Revisar escenarios de sanción y asesorar al cliente sobre riesgos fiscales.
? Conclusión
El Impuesto al Patrimonio se consolidó como permanente desde 2023. Su correcta aplicación exige precisión técnica y disciplina contable. Con patrimonio líquido superior a 72.000 UVT, la responsabilidad recae directamente en el contador. adoptar un proceso estructurado evita riesgos y protege patrimonios.
------------------------------------------------------------------------------------------------
? ¡Asegura tu futuro como contador y potencia tus habilidades en la era digital!
La inteligencia artificial está cambiando rápidamente el mundo de la contaduría, automatizando tareas rutinarias y redefiniendo el rol del profesional contable. Para enfrentar estos desafíos, es vital mantenerse actualizado en normativas tributarias, herramientas digitales y tendencias de automatización.
El 14º Congreso Nacional de Actualización Tributaria, que se llevará a cabo los días 29, 30 y 31 de enero 2026 en Bucaramanga, es el espacio ideal para adquirir estas competencias. Participar en este evento no solo te permitirá profundizar en los cambios normativos más recientes, sino también conectar con expertos y colegas que están liderando la transformación digital en el sector. ??
? ¡Regístrate hoy mismo y no te quedes atrás! ? www.congresonacionaldetributaria.com
