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El impuesto al patrimonio es ahora permanente en Colombia. Este artículo detalla quiénes están obligados a declarar en 2025, cómo se calcula la base, las tarifas vigentes y los plazos, con foco en cumplimiento técnico y prevención de sanciones.




Tras la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022), el impuesto al patrimonio pasó de ser temporal a permanente. En 2025 aplica a personas naturales, sucesiones y algunas entidades con patrimonio líquido ??72.000?UVT. Se debe dominar el cálculo, las exclusiones, tarifas, formularios y fechas para garantizar el cumplimiento y minimizar riesgos.


Sujetos pasivos


Según el artículo 292?3 del Estatuto Tributario, están obligados:




Hecho generador y base gravable


La base se obtiene:

Patrimonio bruto ? pasivos ? exclusiones (12.000 UVT para vivienda principal)


?Tarifas y temporalidad




?? Plazos de declaración y pago



? Sanciones



? Implicaciones contables y riesgos operativos



Buenas prácticas


1??Inventario patrimonial anual: conciliar activos y pasivos al 1 de enero.

2??Aplicar exclusiones legales, especialmente la vivienda hasta 12.000 UVT.

3??Uso de herramientas y liquidador (p. ej., Excel DIAN/Actualícese).

4??Simulación previa del impuesto y de cuotas a pagar.

5??Atender al calendario según dígito del NIT.

6??Declarar y pagar en forma oportuna, utilizar el formulario 420.

7??Mantener evidencia (pantallazos, PDF, soportes bancarios).

8??Revisar escenarios de sanción y asesorar al cliente sobre riesgos fiscales.



? Conclusión


El Impuesto al Patrimonio se consolidó como permanente desde 2023. Su correcta aplicación exige precisión técnica y disciplina contable. Con patrimonio líquido superior a 72.000 UVT, la responsabilidad recae directamente en el contador. adoptar un proceso estructurado evita riesgos y protege patrimonios.


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